Sugieren a emprendedores conocer Miscelánea Mercantil

05 de Agosto de 2014
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México, 5 Agosto 14 (Notimex).- El Colegio del Notariado Mexicano recomendó conocer las nuevas disposiciones de la llamada Miscelánea Mercantil, que recientemente entró en vigor, con el fin de aprovechar sus ventajas.

Detalla que algunas de las principales modificaciones se refieren a las sociedades anónimas, en cuyos estatutos se podrán señalar de manera más clara las restricciones en la trasmisión de acciones.

También podrán establecer reglas para el ejercicio del voto, causas para la exclusión de socios y el derecho de retiro como accionistas de la sociedad, y crear mecanismos de solución de controversias entre los accionistas.

De acuerdo con un comunicado de la institución, si uno de los accionistas no participa en asambleas u otras actividades de la empresa, antes de la reforma no había posibilidad de excluirlo sin llevar a cabo un proceso judicial complicado y costoso.

En la actualidad, se aclara en el comunicado, la reforma permite hacer la modificación si se han considerado en los estatutos sociales condiciones para ello.

Por lo que recomendó acudir al notario para recibir asesoría sobre las modificaciones en el estatuto social de las empresas.

Argumenta que otro aspecto favorable de la reforma es la creación de un sistema electrónico de la Secretaría de Economía (SE) para publicar la convocatoria de las asambleas de accionistas.

Con esta acción se reducirán los costos de operación de muchas sociedades, ya que no tendrán que gastar en publicar la convocatoria de la asamblea de accionistas en algún medio de comunicación, además facilitará las consultas, dijo el Colegio del Notariado Mexicano.

Además, resalta la protección de los derechos de las minorías en la Sociedad Anónima. Es decir, un accionista que representa 25 por ciento del capital social de la empresa podrá solicitar el emplazamiento de una asamblea si considera que no está suficientemente informado acerca de algún tema que será tratado en la misma.

En este contexto, el interesado tendrá la oportunidad de ir ante un juez para oponerse a la resolución tomada en la asamblea.

Precisa que todas las asambleas extraordinarias de accionistas deberán ser protocolizadas ante fedatario público e inscritas en el registro público de comercio, sin importar el tipo de acuerdo que se tome en ellas, lo que da seguridad a los accionistas.

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