Debe Estado garantizar acceso a la información: CJF

30 de Octubre de 2013
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México, 30 Oct. (Notimex).- El Estado debe garantizar que la sociedad sepa, discuta y apoye las tareas de los poderes públicos para asegurar el desarrollo social, económico, político y cultural del país, sostuvo el consejero de la Judicatura Federal, Daniel Cabeza de Vaca Hernández.

Planteó que al no ser absoluto el derecho de acceso a la información surge la necesidad de armonizarlo con la figura de reserva de información, que se basa en el respeto al derecho ajeno y en el orden e interés público.

Insistió en que se debe garantizar el derecho democrático de la población a ser informada de manera puntual sobre el curso de la vida pública, pues el avance de la democracia en el país depende de que la propia sociedad intervenga de modo activo.

El Consejo de La Judicatura Federal (CJF) informó en un comunicado que los consejeros Daniel Cabeza de Vaca Hernández y Manuel Ernesto Saloma Vera, coincidieron en que la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas de cara a los ciudadanos se han convertido en la nueva forma de ser del Poder Judicial de la Federación y de todos de quienes lo integran.

Ambos participaron en el segundo día del Seminario Internacional de Transparencia Judicial 2013. Acceso a la Información y Protección de Datos. Un Ejercicio de Derechos Fundamentales.

En ese espacio refrendaron que la sociedad debe ser informada de manera universal y sencilla de los asuntos que le confía a los poderes públicos, además de contar con elementos suficientes que le permitan fiscalizar el ejercicio de las funciones de éstos.

Destacaron que en el contexto de las obligaciones de transparencia de los sujetos obligados, la vida privada y los datos personales de los mexicanos también deben ser protegidos rigurosamente.

Durante su ponencia el consejero Daniel Cabeza de Vaca afirmó que los tribunales y juzgados federales del país deben ofrecer caminos para que los gobernados analicen la información pública gubernamental con estricto apego a la protección a la vida privada.

"Esa regla de mesura y equilibrio constituye una premisa para la actuación de los tribunales y juzgados de la Federación, como el parámetro que robustece y afianza su lugar de confianza en la sociedad".

Expresó que "se trata de una regla primera de convivencia social instituida para el beneficio de todos, porque los poderes públicos deben regirse por la legalidad y por el escrutinio ciudadano, y porque autoridades y sociedad deben respetar la privacidad de los hombres y las mujeres como condición esencial para su felicidad".

Cabeza de Vaca Hernández recordó que la Suprema Corte determinó este año que las personas morales deben gozar de un espacio privado que expande el bien que tutela el derecho de la intimidad.

Con ello, el máximo tribunal del país razonó que sí deben protegerse sus datos personales sobre su vida privada e institucional pues, de los contrario, podría causarse perjuicio a los individuos que las conforman.

Esos derechos, abundó el consejero de la Judicatura Federal, deben traducirse en los principios de consentimiento, información, calidad y seguridad, adoptando medidas para garantizar su integralidad, confiabilidad, confidencialidad y disponibilidad, evitando la alteración, pérdida, transmisión y acceso no autorizados.

En su oportunidad el consejero Manuel Ernesto Saloma Vera, presidente de la Comisión para la Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del CJF, precisó que la democracia no puede entenderse en un Estado moderno sin el binomio fundamental: transparencia y rendición de cuentas.

Explicó que el derecho a la información y el acceso a datos personales requiere de un equilibrio necesario para salvaguardar los intereses de aquellos que en un momento dado podrían verse afectados con esa revelación de datos.

Saloma Vera abundó en que la participación de la población implica necesariamente una mayor transparencia y obliga a una mayor rendición de cuentas, mientras que el administrador de la norma o el operador judicial tiene el deber no sólo de aplicar el derecho, sino también de interpretarlo.

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